
La normativa vigente del REBT y su ITC‑BT‑23 dejan claro que toda vivienda de nueva construcción o reforma importante debe integrar sistemas de protección contra sobretensiones, tanto transitorias como permanentes.
Fundamento legal y marco normativo
El REBT, artículo 16.3, exige la protección contra sobretensiones por seguridad de las cargas y continuidad del suministro. La ITC‑BT‑23 específica: en viviendas nuevas o reformadas, se debe instalar SPD tipo 1 en proximidad a pararrayos, SPD tipo 2 en cuadro general, y SPD tipo 3 en tomas susceptibles a perturbaciones.
Requisitos específicos para nuevos proyectos y reformas
- Protección tipo 1: obligatoria en instalaciones con conexión externa (pararrayos o conductas largas), generalmente en entrada principal.
- Tipo 2 y tipo 3: tipo 2 en el cuadro principal para interconexiones de línea, tipo 3 en tomas criticas (electrónica sensible).
- Coordinación cascada: SPD instalados según niveles de energía de ataque, con selectividad de respuesta, para evitar disparos descoordinados.
Los instaladores deben diseñar la configuración atendiendo a factores como ubicación geográfica (zonas de alta incidencia de tormentas), riesgo de sobretensión, tipo de edificación y sensibilidad de los equipos residenciales.
Recomendaciones para instaladores
- Emplear productos certificados según UNE‑EN 50550, UNE‑EN 61643‑11, y normas IEC aplicables.
- Verificar compatibilidad electromagnética con interruptores automáticos (IEC 60898‑1).
- Integrar magnetotérmicos con SPD y señalización de estado.
- Programar revisiones tras tormentas o con periodicidad bienal.
Incorporar protección según estas directrices no es solo un requisito legal, sino una inversión en fiabilidad y durabilidad eléctrica. La demanda residencial con electrónica cada vez más sensible hace indispensable contar con una solución completa en cualquier instalación nueva o reforma significativa.



